El pasado 28 de junio, el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago emitió una orden de detención en contra de Benjamín Espinoza, Matías Rojas y Jesús Zenteno por una condena que había sido anulada por la Corte Suprema. Además, Espinoza y Rojas habían sido absueltos de todo cargo el pasado 31 de mayo. Mientras tanto, Zenteno tenía audiencia el próximo 8 de agosto.
“Notifíquese la presente resolución al Ministerio Público y a la Defensa (…) Despáchese orden de detención en contra de los sentenciados (…) a fin de dar cumplimiento a lo ordenado”, indica la cuestionada resolución firmada por la jueza del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, Ely Rothfeld Santelices y que llegó a manos de la Defensoría Popular durante la madrugada del pasado 29 de mayo.
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En una declaración pública, los abogados de la Defensoría Popular señalaron que “en el actual momento queremos comunicar especialmente la sospechosa decisión adoptada por el 8º Juzgado de Garantía de Santiago, a instancias del Consejo de Defensa del Estado, de decretar la detención de Benjamín, Matías y Jesús, que son los muchachos del caso Hotel Principado”.
Al mismo tiempo, los juristas explicaron que la orden de detención “carece de fundamento fáctico y jurídico”. Así mismo, dieron a conocer que se presentaron recursos de amparo en la Corte de Apelaciones de Santiago en favor de Espinoza, Rojas y Zenteno.
El abogado Lorenzo Morales, quien fue parte de la defensa de los acusados, señaló que el “equívoco que comete la jueza es grave y tiene que ver que ella quiere ejecutar la sentencia del primer juicio que se fue a anulado”.
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“La sentencia fue anulada. Ese es el equívoco mayor que tiene que ver contra la libertad ambulatoria de nuestro representado. Nosotros tenemos derecho, como ciudadano a sospechar de esa resolución”.LORENZO MORALES
Por su parte, el abogado Rodrigo Román señaló que “el Consejo de Defensa del Estado actúa en esta etapa del proceso y hay una norma expresa en la ley que impide que cualquier querellante o acusador particular actúe. El artículo 466 del Código Procesal Penal prohíbe que el Consejo del Estado, el ministro del Interior, como querellante, intervengan en este estado del proceso y sorpresivamente lo que hace es que estos solicitan curso, provisión, auto y se libra una orden de detención que es arbitraria e ilegal”.
“Nosotros esperamos tener noticias en la jornada de hoy, en término que se coja la orden de no innovar y que quede sin efecto esta ilegal orden de detención”, agregó Román.
Finalmente, el abogado señaló que “vale la pena recordar que (Benjamín, Matías y Jesús) se mantuvieron más de dos años en la cárcel. Se encuentran de noviembre a la fecha. Privado absolutamente virtual. Su domicilio para decir su restricción de libertad ya alcanza casi los tres años, lo que pudiera ser una pena”.
Tras la conferencia de prensa, la Defensoría Popular emitió una grave denuncia en contra de Carabineros, quienes habrían llegado hasta el edificio donde se llevaría a cabo el punto. Al ser descubiertos, salieron raudos del lugar.
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Cabe consignar que la orden de detención emanado por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago aún no es ejecutada por la policía.